
Aquí
La Paz (Bolivia), nueva etapa, 15 de enero de 2026, No. 356
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Edición de homenaje a Remberto Cárdenas Morales, editor del Semanario Aquí (Nueva Etapa), hasta su sensible fallecimiento el 27 de octubre de 2022
redacción
La Paz:Víctor Montoya, Wilfredo Pomar Miranda, Roberto R. Ibargüen Chávez, Isabel Pomier, Marco Antonio Águila Alanes, Daniel Apaza Zuñagua, Paúl Ronald Araníbar Carrasco y Julio Sebastián Acasigue Parada Cochabamba: Alonso Contreras Baspineiro. Santa Cruz: José Arnoldo Osinaga Terán Sucre: Roberto Valdiviezo Luna. Potosí: Lourdes Peñaranda Morante, Rosa Laime Muñoz.
Trinidad: Fanthy Velarde. Camiri: Sócrates José Sandóval Lino. Vallegrande: José Sandóval Osinaga.
Madrid (España): Carlos M. Caravantes García.
Sobre el Comandante de Nuestra América: www.chebolivia.org
De la Redacción:
Las notas firmadas expresan los criterios de los autores.
Editorial Aquí 356
Javier Aliaga Lordemann*
11 de enero de 2026
Fuente: Inesad
La abrogación del Decreto Supremo 5503 debería leerse, antes que nada, como una oportunidad institucional. Gobernar por decreto en temas estructurales —régimen fiscal y reglas de inversión, etc.— suele ser una práctica incierta en democracias con instituciones frágiles, porque concentra decisiones, reduce deliberación y genera reformas débiles y fácilmente reversibles. La historia regional ofrece lecciones claras – el uso intensivo de decretos de urgencia en el Perú de los años noventa, las leyes habilitantes en Venezuela o la proliferación de Decreto de Necesidad de Urgencia (DNU) en Argentina terminaron erosionando contrapesos, alimentando conflictividad social y produciendo políticas inconsistentes. La abrogación abre la oportunidad de volver al cauce legislativo y al acuerdo social, condición necesaria para reformas duraderas.
A rajatabla
Yuri Aguilar Dávalos
El poder saborea su triunfo sobre los vencidos, humillándolos, pisoteándolos, degradando la dignidad de los derrotados; así lo hacen y lo hicieron los jerarcas, seguros de que gozan de un poder infinito y de que éste será eterno
Cada inicio de gestión el Ministerio de Educación emite una Resolución Ministerial para Educación Regular, Educación Alternativa y Especial, y Educación Superior, que es la aplicación administrativa de la Ley 070 de Educación. En este marco, la Asociación Nacional de Colegios Particulares de Bolivia (ANDECOP), organismo que representa a las unidades educativas privadas del territorio nacional, hizo presente año, respecto a la Resolución Ministerial No. 1/2026 del Subsistema de Educación Regular. En su Manifiesto sobre la Resolución Ministerial No. 1/2026 la institución analiza la situación del sistema educativo y las condiciones de funcionamiento del sector privado para la presente gestión.