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Violaciones a la Constitución Política del Estado boliviano

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editorial

      La última resolución del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que habilita al presidente Juan Evo Morales Ayma para una segunda reelección, la que se apoya en “argumentos” políticos antes que jurídicos, viola la Constitución Política del Estado (CPE), que los bolivianos hemos ayudado a redactar, parcialmente, y a la que aprobamos en referéndum.

Específicamente, los magistrados del TCP, encargados de velar por la correcta aplicación de la CPE, hace sólo días, han violado el punto dos de las medidas transitorias de esta Ley Fundamental, el que dispone: “Los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos períodos de funciones”.

Además de la promesa del Presidente en funciones de abstenerse de postular por tercera vez consecutiva a la Presidencia, el primer servidor público, en la convocatoria a las últimas elecciones generales, refiere como vigente esa disposición transitoria, incluso los propagandistas del gobierno, en una estampilla de correros bolivianos, difunden que Evo Morales ejerce, actualmente, su segundo mandato.

La práctica, ahora, confirma lo que el entorno presidencial sugirió que debían hacer para eludir la citada norma transitoria: buscaremos una salida política, fue su respuesta ante observaciones de abogados que advirtieron que el Presidente no estaba habilitado para una segunda reelección, de acuerdo a la nueva CPE, punto dos de sus disposiciones transitorias.

Más aún: el Vicepresidente, que se las da de ideólogo entre los gobernantes, dijo que esa disposición transitoria fue una “maniobra envolvente” y el Presidente, al que se le atribuye “franqueza” en los casos como el que comentamos, anotó que se les mintió a los opositores.

Esos antecedentes debieron convencernos de que los miembros del TCP, ante la consulta de los senadores oficialistas, sólo iban a decidir la habilitación inconstitucional del Presidente para una tercera elección. Todo sobre la base de una falacia: eso de que con la nueva CPE se abrió en Bolivia un nuevo período constitucional y que, por tanto, la primera elección de Evo Morales no debe contarse porque corresponde al viejo Estado la que, en el Estado plurinacional, que sólo existe como planteamiento, dejó de existir, fue “aprobada” o desapareció por un rarísimo arte de magia.

En realidad lo que ha sucedido es que el TCP ha ejecutado una reiterada instrucción del Presidente. Éste “decidió” que estaba habilitado para postular por tercera vez al cargo que ocupa y punto.

Nosotros esperamos que el TCP diga que está vigente la disposición transitoria de la CPE y que, en consecuencia, la Asamblea Legislativa Plurinacional debía resolver una reforma constitucional, a ser confirmada o no en un referéndum.

Al fin de cuentas creímos que al menos había algo de cierto en la frase del Presidente, que repitió varias veces, que prefiere las urnas a las armas.

Las frases de los gobernantes y/o de sus voceros respecto de la resolución del TCP es necesario registrar para un inventario: no se le debe negar el derecho a participar de las elecciones (por tercer vez) a un ciudadano como es el actual Presidente, que éste tiene mucho que hacer en favor del pueblo en un tercer mandato y que por eso postulará a la segunda reelección, que los masistas “acatarán” la resolución del TCP, que se agotó la resolución segunda de las disposiciones transitorias de la CPE, etc.

En verdad, los gobernantes, el Presidente y el Vicepresidente, en especial, nos muestran que están dispuestos a impulsar todas las acciones legales e ilegales, legítimas e ilegítimas para conseguir su reelección, es decir, para reproducir su poder.

En otras palabras, se confirma asimismo, lo que instruyó el Presidente: hacer todo lo que sea necesario o no hacer lo que se considere inconveniente para asegurar su reelección.

La reelección del Vicepresidente parece estar en duda porque, según se rumora, el actual ministro de Gobierno está entre los que se mueve para sustituir a García Linera en la candidatura vicepresidencial. Las llamadas bartolinas, apoyadas en la alternatividad femenina, también, consideran proponer una candidata para Vicepresidenta.

Hasta aquí comentamos la última violación de la CPE por cuenta del organismo que debe cuidar la vigencia plena de la constitucionalidad en Bolivia. Pero interesa resumir las otras violaciones a la Ley Fundamental para estar seguros de que nada que garantiza que se ponga punto final a ese tipo de transgresiones. Leamos, por favor:

—La Ley de Autonomías violó la CPE al disponer que debía ser suspendido del cargo el funcionario elegido en las urnas ante una acusación aprobada por un juez competente. Esa suspensión, sin embargo, sólo debió materializarse luego de que una autoridad de primera instancia dictamine una sentencia, luego de que aquélla sea confirmada por un Tribunal Departamental de Justicia; fallo que tendría que ser ratificado por el Tribunal Supremo de Justicia (ex Corte Suprema de Justicia).

Esas normas suprimieron principios como el referido al debido proceso y la presunción de inocencia mientras no se demuestre la culpabilidad de un encausado, entre otros, han sido declaradas inconstitucionales por el TCP, con argumentos jurídicos, lo que es positivo.

—Los gobernantes por mandato del TCP debieron ejecutar la sentencia constitucional que dispone que la consulta a los pueblos indígenas del TIPNIS debió realizarse previo acuerdo entre los gobernantes y los originarios. Además, con ese acto debió “constitucionalizarse” la Ley 222 sobre la consulta y la intangibilidad en la reserva natural y territorio indígena. Pero esa sentencia fue desobedecida por los gobernantes porque esa consulta se realizó luego de que éstos concertaron, especialmente,con los que viven en el Polígono 7, ex TIPNIS, lugar en el que predominan los cocaleros y en el que hay pocos indígenas que se decidieron por la propiedad individual sobre la tierra, es decir, renunciaron al territorio indígena.

—La consulta que realizaron los gobernantes en el TIPNIS fue posterior, desinformada y de mala fe; en contra de la CPE. Consulta que, además, violó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas. Los dos últimos son a la vez leyes bolivianas.

—El contenido y la forma del desarrollo económico y social en el TIPNIS sólo debe definirse con la participación de los indígenas que lo habitan y de acuerdo a los intereses de éstos. Sin embargo, los gobernantes han resuelto, otra vez a espaldas de los originarios, acabar con la pobreza extrema en el lugar, en dos años, y que en uno de éstos se estudiarán y aprobarán los planes respectivos. Esa decisión de los gobernantes es parte de la campaña electoral del Presidente que, como ha dicho, vive un “calentamiento” para ese accionar.

—Para nosotros la Ley antirracista, de manera implícita, establece la censura previa, lo que está reñido con la CPE.

Las transgresiones desde el gobierno y/o desde el TCP en servicio de la re-reelección de Morales Ayma, son elementos que agrietan el estado de derecho. Y ante la falta de un estado de derecho, nuestro pueblo tiene derecho a la rebelión, como señala el Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Y el comportamiento de magistrados del TCP muestra que ellos, en este caso, están más cerca de una tiranía que de un comportamiento constitucional. 

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