De sábado a sábado (237)
Remberto Cárdenas Morales*
El más importante reservorio de agua dulce, resultado de torrenciales lluvias, y regulador de la cuenca de la que el principal río es el Mamoré, son las cualidades principales del TIPNIS, sin ser las únicas, según Sarela Paz[1], profesional que estudia la reserva natural y el territorio indígena desde antes de 1990, año en el que realizó la primera marcha indígena “Por el territorio y la dignidad”, que abarcó el tramo Trinidad-La Paz y de la que participaron todos o casi todos los pueblos indígenas de las tierras bajas de nuestro país.
El TIPNIS tiene una especie de pared, que son los últimos cerros de la Cordillera Real, Los Antes, la que contiene los vientos y por eso llueve copiosamente, a cántaros, como no llueve en tantas otras regiones de Bolivia en las que hace menos de 50 años sí caían fuertes lluvias. Ejemplos de esta afirmación: el año pasado se secó el río Piraí, que corre cerca de Santa Cruz y, el río Parapetí, que circula próximo a Camiri, está contaminado, lo que tratan de remontar.
La biodiversidad del TIPNIS es la menos afectada, sobre todo, en la parte que es y que se espera siga siendo intangible (en la que no se explotan los recursos naturales). Allí, además, existe una zona de aprovechamiento tradicional y la tercera en la que indígenas y no indígenas aprovechan sus riquezas. En esa tercera área incluso existen haciendas ganaderas, varios de cuyos propietarios no consiguen consolidar en su favor el derecho de propiedad, es decir, son poseedores individuales de tierras, pero sin títulos ejecutoriales o de compraventa; documentos que por tanto no están inscritos en Derechos Reales. En ese último sector (el tercero) también operan empresarios madereros, casi siempre furtivos, esos que trasladan las troncas por ríos de modo que sobre ese tráfico de madera no hay registro alguno y no se pagan impuestos por la explotación de esa riqueza natural.
Allí, en la casa grande de los pueblos indígenas llueve mucho más que en otros parques nacionales. Se admite que en el lugar en el que llueve 2.000 milímetros al año las lluvias son muchas[2]. En el TIPNIS las lluvias alcanzan entre 5.000 y 7.000 milímetros al año, por lo que es posible afirmar que allí es donde más llueve en relación a otros lugares en los que también llueve, pero no tanto como en la reserva natural y territorio indígena.
Si el bosque del TIPNIS desapareciera o si la tala de árboles fuera en una escala que dañe la biodiversidad, se producirían inundaciones que anegarían la sabana beniana, a esa pampa en la que se cría ganado vacuno, casi exclusivamente.
El bosque, paradisíaco se suele decir por el TIPNIS, si fuera afectado con tres inundaciones (una por año) sería destruido todo o casi todo. Incluso se pudriría la riqueza forestal del lugar. Las inundaciones acabarían con el humus del suelo, es decir, con la corteza más fértil del suelo. Asimismo, lsas inundaciones llenarían de lodo a los bosques y provocarían enfermedades diversas. Añadimos que la sabana o pampa beniana dificulta el drenaje rápido del agua, ésta incluso se detiene allí.
Recordemos que los pueblos indígenas abrían acequias para el desagüe y para contrarrestar las inundaciones; además, levantaban promontorios de tierras, lomas con pasto para que durante una inundación los animales se protejan y se alimenten en esos espacios con agua y con forraje.
Otra cualidad irremplazable del TIPNIS es que regula la cuenca más importante de la región que tiene al río Mamoré, principal afluente del río Amazonas (que nace en Bolivia), el de más caudal en el mundo y el que tiene mayor diversidad en sus riberas en comparación de sus tributarios procedentes del diferentes países (Bolivia, Colombia, Ecuador, Venezuela).
El máximo dirigente de la Subcentral del TIPNIS, Fernando Vargas, alertó hace tiempo sobre la disminución de las aguas del Mamoré. Ahora la afectación parcial de la reserva indígena y territorio indígena se debe a que merman las lluvias y, por tanto, el caudal de los ríos.
Precisamente porque casi todas las aguas de los ríos son resultado de las lluvias torrenciales, como en ningún otro lugar, la disminuciónn de aquéllas, como consecuencia de la degradación del medio ambiente, influirá negativamente en el caudal de los ríos. La escasez de agua en los ríos determinaría que el TIPNIS pierda su cualidad de regulador de la cuenca que forman los ríos Sécure, Isiboro Ichoa, Ichilo, Chapare y otros que echan sus aguas al Mamoré.
En afluentes menores de esos ríos había una población de peces dorados, entre otros, varias especies de las cuales han desaparecido o se encuentran en inocultable extensión debido a la contaminación de sus aguas y, sobre todo, porque los productores de cocaína, con el propósito de ocultar las evidencias de elaboración del alcaloide, echaban los residuos con elementos químicos a esos ríos lo que provocaba mortandad de peces. Una ONG realizó un estudio sobre la degradación de suelos y la contaminación de ríos, precisamente por precursores utilizados por elaboradores y por traficantes de cocaína.
Sarela Paz está convencida de que cualquier camino por medio del TIPNIS, incluido el que se define como ecológico (especie de subterráneo o al estilo de una pasarela) sin ningún estudio al menos conocido, afectaría precisamente el área que debe continuar como intangible de la reserva natural y territorio indígena,
La socióloga cochabambina, que con otros profesionales realizó un estudio sobre el TIPNIS, por encargo del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP), en su destacada exposición en ambientes de la APDHB, hizo notar que de acuerdo a la nueva Constitución Política del Estado (C PE), los recursos naturales son de propiedad del “pueblo boliviano”, no del Estado plurinacional[3].
El resumen de esta nota contiene razones suficientes para que el tribunal de justicia de La Paz declare procedente la Acción Popular interpuesta, en octubre del año pasado, en defensa del medio ambiente; demanda que se apoya en el artículo 33 de la CPE[4].
Acción Popular en defensa del medio ambiente, al que los gobernantes lo deben proteger[5]. Sin embargo, el camino de la discordia tendría, como efecto inmediato, una afectación mucho mayor del TIPNIS y, como consecuencia, se degradaría mucho más el medio ambiente, lo que desmejoraría las condiciones de vida y de trabajo de los pueblos indígenas que viven allí, así como la de todos los bolivianos.
*Periodista
La Paz, 2 de marzo de 2013.
[1] Esta nota la escribimos con los datos y opiniones entregados por Sarela Paz en el Salón “Julio Tumiri” de la Casa de los Derechos Humanos de La Paz, el jueves 28 de este mes.
Sarela Paz estudió sociología en la UMSS, tiene una maestría en antropología social e imparte clases de postgrado en tres universidades bolivianas.
[2] El milímetro es la unidad de medida usada en la meteorología para las precipitaciones. Aunque la lluvia medida corresponde a una unidad de volumen y no de longitud, la expresión de esta medida se basa en la cantidad de lluvia caída sobre una superficie de un metro cuadrado. La altura de ese volumen corresponde a la medición de la precipitación en milímetros, es decir, 1 mm de precipitaciones significa que en una superficie de 1 m² ha caído un litro de agua de lluvia.http://es.wikipedia.org/wiki/Mil%C3%ADmetro
[3] “Artículo 348.
I . Los recursos naturales son de propiedad y dominio directo indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo”, dispone la Ley Fundamental.
[4] “Artículo 33. Las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado. El ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades de las presentes y futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente”, determina la CPE.
[5] “Artículo 135. La Acción Popular procederá contra todo acto u omisión de las autoridades o de personas individuales o colectivas que violen o que amenacen con violar derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salud pública, el medio ambiente y otros de similar naturaleza recono cidos por esta Constitución” (CPE).