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El acceso a la información pública y la libertad de prensa son derechos violados por los gobernantes*

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Yuri Aguilar Dávalos

Diciembre 2023

El instructivo del Director de Planificación del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP) dirigido a los 23 directores de Áreas Protegidas de Bolivia, emitido el 21 de noviembre pasado, que señala “abstenerse de realizar declaraciones a nombre de la entidad sin autorización o dar publicidad por cuenta propia de trabajos o documentos de propiedad o a cargo de la entidad” (disposición que fue levantada por orden del Presidente Arce ante la protesta generalizada de la opinión pública), es en realidad un intento más de los gobernantes de instaurar la censura, de prohibir dar información pública a los medios de comunicación y por ende a la ciudadanía, lo cual devela que es inexistente el derecho “a acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva” inscrito en el art. 21 de la Constitución Política del Estado (CPE).

Desconocer lo dictado en la primera ley del país, en la CPE, es una práctica habitual de los gobernantes del llamado “Proceso de cambio” y esta vez se puso en evidencia que el acceso a la información pública en Bolivia, derecho que todos los ciudadanos deben tener y que está vigente en otras normas, no es cumplido por quienes detentan el poder y, además, es desconocido perversamente utilizando normativa subalterna, la quedebe ser acatada por los funcionarios públicos, como indica el Instructivo antes mencionado, bajo la amenaza de que su incumplimiento “estará sujeto a sanciones correspondientes como está estipulado dentro del Reglamento Interno de Personal de la Institución.

El actual gobierno, como antes lo hizo el de Morales, incumple lo prescrito en las leyes y no tiene la intención de transparentar sus acciones. En vano el país se ha adherido a varios convenios, acuerdos, declaraciones internacionales.

El acceso a la información pública, al menos en materia medioambiental, es parte de nuestra normativa; por ejemplo, en el tema medioambiental Bolivia se adhirió al documento emitido en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y el Desarrollo (Río de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992), cuyo Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo establece: “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre estos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.”

El 2018, el 4 de marzo en Escazú (Costa Rica), la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río+20) emite el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, acuerdo ratificado mediante ley durante el régimen de Evo Morales en 2019. Esta norma internacional vinculante de acceso a la información y a la justicia en asuntos ambientales, tiene también disposiciones específicas sobre los defensores de derechos humanos en dichos asuntos, pero además recomienda que cada Estado adopte “todas las medidas necesarias, de naturaleza legislativa, reglamentaria, administrativa u otra, en el marco de sus disposiciones internas, para garantizar la implementación del presente Acuerdo”, es decir que gobernantes y legisladores deberían haber elaborado y aprobado leyes nacionales al respecto, aspecto que no se ha realizado hasta fecha.

En Latinoamérica, Bolivia es uno de los países, junto a Costa Rica y Cuba, que no cuenta con una Ley de Acceso a la Información Pública, falencia demandada a los gobernantes y a los legisladores, por la Asociación Nacional de la Prensa (conformada por los directores de varios medios escritos) y por la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia; sin embargo, están en vigencia otras normas que tanto periodistas como los ciudadanos en general debemos exigir que las autoridades las cumplan; veamos cuáles son:

- La Ley 1333 de 1992 que tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, en su Art. 93 señala que “Toda persona tiene derecho a ser informada veraz, oportuna y suficientemente sobre las cuestiones vinculadas con la protección del medio ambiente, así como a formular peticiones y promover iniciativas de carácter individual o colectivo, ante las autoridades competentes que se relacionen con dicha protección.”

- El Decreto Supremo 27329 de 2004 que instruye procurar la Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental, en su Art. 3 señala que todas las instituciones públicas deben publicar en sus páginas electrónicas (web) o en otro medio alternativo: sus presupuestos; el número de funcionarios y personal eventual pagados por el Tesoro General así como por otras fuentes de financiamiento; los Términos de Referencia del Personal Contratado; los objetivos y metas planteados en los respectivos Programas Operativos Anuales; los Reportes de Ejecución Presupuestaria, de manera anual; los Planes Anuales de Contratación de Bienes y Servicios enviado al Sistema de Información de Contrataciones del Estado - SICOES.

- El Decreto Supremo 28168 de 2005 cuyo objeto es garantizar el acceso a la información, como derecho fundamental de toda persona y la transparencia en la gestión del Poder Ejecutivo.

Estas disposiciones, en su mayoría, no se cumplen y para comprobarlo basta con recorrer por las páginas web de las instituciones estatales, donde se verá que en unos casos la información que deben brindar por ley es incompleta y en otros casos inexistente.

La reticencia de los funcionarios públicos del actual gobierno a dar información oficial no es reciente; ese secretismo fue una constante durante los 14 años del régimen de Evo Morales. Pero no solo en los últimos tiempos se ha denunciado la dificultad de acceder a información pública; recientemente el Segundo Encuentro Nacional de Periodistas, realizado el 27 y 28 del mes pasado, ha denunciado que durante el presente año hubo más de 120 atentados contra la libertad de prensa donde los ataques, las amenazas, la censura, el hostigamiento y la judicialización han sido constantes, a lo que se suman iniciativas legislativas “mordaza” y la asfixia económica a las empresas periodísticas, que a corto plazo desencadena en el cierre de medios y el despido de sus trabajadores.

Lamentablemente de nada sirve que tengamos una infinidad de leyes, porque ellas son vulneradas por los actuales gobernantes que actúan como lo hizo el que estuvo 14 años en el poder, quien regía sus actos con este reprochable proceder: “…yo le meto por más que sea ilegal. Después les digo a los abogados: si es ilegal, legalicen ustedes, ¿para qué han estudiado?”

Sin respeto a las leyes y sin libertad de prensa no hay democracia, camino que nos acerca a paso acelerado a la instauración de un régimen autoritario y despótico; es por esto que es urgente luchar, desde donde nos encontremos, por la defensa de nuestros derechos.

*Tomado del Boletín de Derechos Humanos de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de La Paz (APDH-LP). Publicación N° 2. Nov-Dic 2023

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