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Estado de derecho: cada vez más aparente en Bolivia

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De sábado a sábado (248)

Remberto Cárdenas Morales*

Innumerables hechos, más que las frases inflamadas de los gobernantes, nos convencen de que en Bolivia del llamado Estado plurinacional, se registran evidencias de que el estado de derecho es cada vez más aparente que real.

El estado de derecho quiere decir, entre otras cosas, que en un Estado y un gobierno respetan y aplican la Constitución Política y las leyes; que hay independencia de poderes (Legislativo, Ejecutivo y Judicial); que en vez de la fuerza para remontar conflictos se emplea la legalidad para dialogar y concertar; que se garantiza el debido proceso para un acusado y que se presume la inocencia de éste mientras no se demuestre su culpabilidad; que las urnas cuentan en vez de las armas; en suma, que se difunden, promocionan y realizan los derechos humanos.

Sin embargo, en el párrafo tercero del preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos (de la que este año celebraremos su 65 aniversario) se reconoce el derecho a la rebelión de nuestros pueblos cuando se quiebra el estado de derecho. Citamos:

“Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión[1]”.

El derecho a la rebelión de nuestros pueblos se encuentra en la carta fundamental de los derechos del hombre y del ciudadano, es decir, en la primera de ese tipo.

El Papa Paulo VI, en su encíclica El progreso de los pueblos[2], sin tapujos, reconoce el derecho a la insurrección popular en contra de las dictaduras.

¿Cuáles son las razones por las que nosotros nos animamos a decir que en Bolivia el estado de derecho es cada vez más aparente, es decir, que en la realidad desparece esa importante institución jurídica?

“Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, desconcentrado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico dentro del proceso integrador del país”, establece el artículo 1 de la Constitución Política del Estado (CPE)[3].

En una nota anterior nos hemos ofrecido un inventario parcial de las principales violaciones (ver Aquí del 4 de este mes), por los gobernantes o inducidas por ellos, que los reproducimos con el propósito de poner en evidencia que, para decir lo menos, se agrieta el estado de derecho el que, si se viviera y protagonizara en Bolivia una verdadera revolución, ésta acabaría necesariamente con la vieja institucionalidad, parte del viejo Estado —otra razón para destruir este último y es lo que no se hace en nuestro país—. Luego habría, también ineludiblemente, otro momento para institucionalizar a esa revolución: en el siglo XX y en lo que corre del actual ese ha sido el curso de las revoluciones ciertas. A propósito de que las revoluciones no tienen caminos hechos por anticipado y por el que tendrían se transitar, les decimos a esos voceros oficiosos, menos mal poco creíbles, que tratan de explicar y hasta justificar, por ejemplo, las violaciones de la CPE y de la legalidad boliviana (incluidos los convenios internacionales que son leyes de nuestro país y que han sido constitucionalizados también). Citamos fragmentos de ese editorial de Aquí:

“… los magistrados del TCP, encargados de velar por la correcta aplicación de la CPE, hace sólo días, han violado el punto dos de las medidas transitorias de esta Ley Fundamental, el que dispone: ‘Los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos períodos de funciones’”[4].

(…)

“La práctica, ahora, confirma lo que el entorno presidencial sugirió que debían hacer para eludir la citada norma transitoria: buscaremos una salida política, fue su respuesta ante observaciones de abogados que advirtieron que el Presidente no estaba habilitado para una segunda reelección, de acuerdo a la nueva CPE, punto dos de sus disposiciones transitorias”.

En el texto citado se añade: “En realidad lo que ha sucedido es que el TCP ha ejecutado una reiterada instrucción del Presidente. Éste ‘decidió’ que estaba habilitado para postular por tercera vez al cargo que ocupa y punto”.

Pero “… no se le debe negar el derecho a participar de las elecciones (por tercer vez) a un ciudadano como es el actual Presidente —agregamos en el editorial de Aquí citado—, que éste tiene mucho que hacer en favor del pueblo en un tercer mandato y que por eso postulará a la segunda reelección, que los masistas ‘acatarán’ la resolución del TCP, que se agotó la resolución segunda de las disposiciones transitorias de la CPE, etc.”.

A manera de conclusión reproducimos los dos párrafos siguientes: “En verdad, los gobernantes, el Presidente y el Vicepresidente, en especial, nos muestran que están dispuestos a impulsar todas las acciones legales e ilegales, legítimas e ilegítimas para conseguir su reelección, es decir, para reproducir su poder”.

“En otras palabras, se confirma asimismo, lo que instruyó el Presidente: hacer todo lo que sea necesario o no hacer lo que se considere inconveniente para asegurar su reelección”.

Por inducción de los gobernantes, durante varios meses se violaron principios del derecho universalmente aceptados aunque son de procedencia occidental, así como convenios internacionales que son leyes de Bolivia. El citado editorial de Aquí anota:

“ —La Ley de Autonomías violó la CPE al disponer que debía ser suspendido del cargo el funcionario, elegido en las urnas, ante una acusación aprobada por un juez competente. Esa suspensión, sin embargo, sólo debió materializarse luego de que una autoridad de primera instancia dictamine una sentencia, luego de que aquélla sea confirmada por un Tribunal Departamental de Justicia; fallo que tendría que ser ratificado por el Tribunal Supremo de Justicia (ex Corte Suprema de Justicia)”.

Y el texto, sobre esas violaciones, concluye así: “Esas normas suprimieron principios como el referido al debido proceso y la presunción de inocencia mientras no se demuestre la culpabilidad de un encausado, entre otros, han sido declaradas inconstitucionales por el TCP, con argumentos jurídicos, lo que es positivo”.

Para la publicación virtual Aquí va otra violación de los gobernantes a la legalidad boliviana:

“—Los gobernantes por mandato del TCP debieron ejecutar la sentencia constitucional que dispone que la consulta a los pueblos indígenas del TIPNIS debió realizarse previo acuerdo entre los gobernantes y los originarios (sentencia que debió ser ejecutada obligatoriamente). Además, con ese acto debió “constitucionalizarse” la Ley 222 sobre la consulta y la intangibilidad en la reserva natural y territorio indígena. Pero esa sentencia fue desobedecida por los gobernantes porque esa consulta se realizó luego de que éstos concertaron, especialmente, con los que viven en el Polígono 7, ex TIPNIS, lugar en el que predominan los cocaleros y en el que hay pocos indígenas que se decidieron por la propiedad individual sobre la tierra, es decir, renunciaron al territorio indígena”.

Sobre la consulta de los gobernantes en el TIPNIS, Aquí, dice:

“—La consulta que realizaron los gobernantes en el TIPNIS fue posterior, desinformada y de mala fe: en contra de la CPE. Consulta que, además, violó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas. Los dos últimos son a la vez leyes bolivianas”.

“—El contenido y la forma del desarrollo económico y social en el TIPNIS sólo debe definirse con la participación de los indígenas que lo habitan y de acuerdo a los intereses de éstos. Sin embargo, los gobernantes han resuelto, otra vez a espaldas de los originarios, acabar con la pobreza extrema en el lugar, en dos años, y que en uno de éstos se estudiarán y aprobarán los planes respectivos. Esa decisión de los gobernantes es parte de la campaña electoral del Presidente que, como ha dicho, vive un ‘calentamiento’ para ese accionar”, según la publicación virtual Aquí. 

“—Para nosotros la Ley antirracista, de manera implícita, establece la censura previa, lo que está reñido con la CPE”, se lee en el editorial de Aquí cuyos fragmentos citamos y que se difunde en www.semanarioaqui.com

Sólo en el segundo mandato presidencial de Evo Morales se han violado derechos humanos, entre éstos, el más importante, el derecho a la vida:

Hablamos de los dos jóvenes matados por policías en Carnavi, el 7 y 8 de mayo de 2010; de los tres muertos en Yapacaní; de un muerto en Caihuasi, en una acción combinada ejecutada por policías y militares; nos referimos al minero muerto en dependencias de la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia (FSTMB), en La Paz; sumamos la represión a los indígenas de la VIII marcha en defensa del TIPNIS, ordenada por el Presidente, en Chaparina (Beni, 25-IX-11)[5].

Esas violaciones (y otras que ofreceremos en este espacio y que lo haremos en ediciones venideras) convencen de que en nuestro país se deteriora el estado de derecho, ante lo cual dijimos —y lo ratificamos— el pueblo podría ejercer el derecho a la rebelión, lo que nada tiene que ver con un golpe de estado, el que en este momento sólo existe en la cabeza de los gobernantes y de sus voceros oficiosos que nos muestran, menos mal, que les falla hasta la imaginación.

*Periodista

La Paz, 18 de mayo de 2013.



[1] Entre nosotros, con sospechosa frecuencia, se publica la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) sin el preámbulo en el que se reconoce, a nuestros pueblos, el derecho a la rebelión cuando desaparece el estado de derecho.

[2] El Papa Paulo VI, continuador del Concilio Vaticano II, iniciado por su predecesor Papa Juan XXIII, en su encíclica El progreso de los pueblos, dice:

[3] El Presidente de Bolivia ha reiterado que para él, los gobernantes, masistas y amigos del gobierno la CPE es un programa, que establece metas inmediatas y estratégicas que se deben conseguir, para lo que debe aplicarse la Ley Fundamental.

Sin embargo, la CPE como la ley más importante del país y es la que debe difundirse (comunicarse en realidad)  y aplicarse sin esa proclama y sin esa práctica de la colonia española: “Se acata, pero no se cumple”.

[4] Ésta y las citas que siguen han sido tomadas del editorial del semanario virtual Aquí (www.semanarioaqui.com), La Paz, Bolivia, del 4 de mayo de 2013.

[5] A la lista incompleta que evidencia la violación de varios derechos humanos en el último tiempo del segundo mandato de Evo Morales, cabe rememorar que éste, haciendo las veces de vocero de las Fuerzas Armadas, dijo que no había documentos secretos sobre la matanza de la dictadura de Luis García Meza y Luis Arce Gómez de compatriotas, como Marcelo Quiroga Santa Cruz y Carlos Flores Bedregal. Asimismo, el primer mandatario sugirió que él hablaría con los defensores de los derechos humanos para que, en realidad, éstos callen ante la violación de los derechos humanos en los cuarteles, para que allí se formen “mejor” con un entrenamiento cruel, como se ha denunciado, especialmente en la Escuela de Cóndores de Sanandita, una escuela de criminales. El mismo presidente Morales nos avisó que consideraba el retiro del Estado boliviano del sistema interamericano, de la Comisión de los Derechos Humanos (CIDH) de la OEA y, hace días, en una reunión de cancilleres de Latinoamérica y el Caribe dijo que esa instancia hacía perder el tiempo y dinero que no le devolvía al Estado boliviano. Ante esas afirmaciones nos prestamos, sólo para este caso, las palabras de Morales: no podemos creer que éste opine de ese modo sobre los derechos humanos que él tiene que ser el primero en promocionar, divulgar y defender. 

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