Uso abusivo de la detención preventiva
Luis Fernando Cantoral
(AquíCom 05-04-14) El ex defensor del pueblo y actual rector de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), Waldo Albarracín Sánchez, sostuvo que la aplicación de la justica en el país es ‘draconiana’ porque muchas veces envía a la cárcel a personas por delitos de mínima cuantía. Muestra de esta situación, dijo, es la cantidad de detenidos preventivos en el país.
“El 85 por ciento de los presos están detenidos preventivamente, o sea en nuestras cárceles la mayoría de la gente está detenida por si acaso”, manifestó la máxima autoridad de la UMSA.
Albarracín explicó que la detención preventiva sólo se dicta en casos de delitos graves o cuando hay riesgo de fuga de los acusados. Cuestionó la idoneidad de los magistrados al momento de dictar esa medida cautelar.
“Lamentablemente los jueces muchas veces actúan de forma muy draconiana y creen que de todas maneras hay que detener y en ese sentido se exceden en la medida cuando hay casos que no ameritan una detención, sin perjuicio de la continuidad del proceso, mucho depende de la idoneidad de la autoridad judicial”, dijo.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su informe de enero de este año, denunció el uso abusivo de la detención preventiva en países de Latinoamérica, y en particular en Bolivia, donde el porcentaje de las personas privadas de libertad, en espera de juicios, son “realmente alarmantes”.
La situación del detenido se agrava, agregó Albarracín, cuando la medida cautelar supera el tiempo límite que debe durar, que en el caso boliviano es hasta tres años. A partir de ahí, dijo, se trata de una “prisión sin sentencia”.
“Muchas veces la detención preventiva puede significar una prisión sin sentencia cuando se prolonga demasiado, al extremo que cuando termina el juicio y le aplican una condena a la persona, resulta que está detenida más del tiempo de su condena, se han dado muchos casos”, lamentó.
La detención preventiva no es condena
El también expresidente de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia aclaró que la medida cautelar de la detención preventiva no es definitiva, por tanto se la puede retirar o cambiar, teniendo en cuenta las condiciones y el avance del proceso.
“Se lo aplica durante la acción penal, pero es susceptible de ser modificada, es decir, si el juez, en base a nuevos elementos, considera que ya no es necesaria considerar esta medida, la puede revocar y dejar sin efecto, o sustituirla por otra, por ejemplo, el arraigo o la detención domiciliaria”, apuntó.
Los más afectados, los pobres
Con la aplicación de la detención preventiva de manera discrecional, manifestó, los más afectados resultan las personas de escasos recursos económicos porque no tienen como sostener su defensa.
“Esto afecta principalmente a las personas que no tienen muchos recursos para defenderse, por ejemplo, que no tienen un buen asesoramiento jurídico, no tienen respaldo institucional o finalmente un respaldo político, lamentablemente, esto también está muy politizado”, acotó.
Para contrarrestar y sancionar esta situación, Albarracín dijo que mucho depende de las quejas que lleguen al Consejo de la Magistratura. “Cuando hay una aplicación incorrecta de la norma o excesiva, la parte afectada puede plantear su queja al Consejo de la Magistratura, entonces esta instancia disciplinaria evaluará e investigará el caso”, refirió la autoridad (AquíCom 05-04-14).