Rafael Puente
La ley que modifica el Código de Familia —que no entendemos por qué recién va a tener vigencia el próximo 6 de agosto— supone un avance interesante, si bien todavía insuficiente, respecto de la concepción misma de la familia, hasta ahora todavía excesivamente patriarcal y conceptualmente estrecha. Veamos algunos avances dignos de mención:
*Se plantea un concepto de familia mucho más amplio —más plural podríamos decir—, invalidando así los conceptos moralistas y patriarcales que hasta ahora mucha gente todavía maneja. Efectivamente puede haber muchas formas de agrupación familiar y ninguna de ellas debe ser ignorada.
*El matrimonio se establece, y se puede disolver, a partir de un proyecto de vida compartido, sin más condiciones ni requisitos. Algo elementalmente realista pero que era importante formular.
*Ese proyecto de vida no depende de rituales ni contratos formales, por lo que se ratifica el reconocimiento de las uniones libres o de hecho —y su inscripción legal, eliminando así las restricciones beatas que incorporó el gobierno de C. Mesa cuando prohibió que dichas uniones pudieran inscribirse en el Registro Civil—, y se facilita la decisión de conformar una familia.
*Por consiguiente el divorcio es una eventualidad que no tiene por qué ser tema de controles normativos —y menos judiciales—, y cuyo proceso en consecuencia puede ser ágil, simple y barato; y en ningún caso sometido a criterios más o menos dogmáticos de tal o cual juez. (Por cierto, creíamos que nuestro país había sido muy moderno al aprobar la ley del divorcio en 1934, antes de que otros muchos países del continente, hasta que supimos que la verdadera causa de esa modernidad era que un hijo del magnate Simón Patiño quería divorciarse… Ahora no se trata de influencias sospechosas, sino de una visión realmente abierta, realista y despatriarcalizadora).
*Los padres irresponsables —tan numerosos ellos— lo tendrán más difícil, primero porque si niegan su paternidad tendrán que pagar ellos el costo de la prueba del ADN, segundo porque deberán pagar un mínimo de pensión por hijo (que se establece en un 20 por ciento del salario mínimo, esto tendría que calibrarse mejor para quienes ganan más o mucho más, pero ya es un avance), y además se prolonga el plazo de obligatoriedad hasta los 25 años de los hijos e hijas.
*Y tal vez lo más novedoso es que se puede priorizar el apellido materno para los hijos e hijas, si bien faltaría añadir que en un momento determinado éstos o éstas debieran poder pedir el cambio de apellido (que en su primera inscripción en el registro civil —me niego a decir eso de registro cívico, quién inventaría— sólo puede ser decisión de madres y padres).
¿Y lo que falta?
El hecho de que estas reformas legales sean bienvenidas y supongan un avance, no significa que no siga habiendo vacíos o incongruencias que debamos resolver, y a lo mejor hasta el 6 de agosto estamos a tiempo de hacerlo. Las más importantes creo que son dos:
*La definición de familia, precisamente para ser realista (es decir para responder a los hechos, y no a criterios religiosos o dogmáticos; para no cometer discriminación), tendría que incorporar expresamente el reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo. ¿Qué pasa, que al llegar aquí nos volvemos otra vez beatos hasta el extremo de desconocer la realidad humana?
*La despenalización del aborto, otro tema que requiere liberarse de prejuicios moralistas y de resabios patriarcales. Ojo, no estamos diciendo la promoción del aborto (sabemos que no es un hecho deseable ni por sí mismo constructivo), sino su des-penalización, su des-criminalización (porque también sabemos que muchas veces es una decisión inevitable, o una decisión mejor que su contraria, y en todo caso una decisión intransferible de la mujer recién embarazada). ¿Que qué dirán las diferentes iglesias? Lo que tengan que decir que se lo digan a sus fieles; en la legislación de este estado laico no se tienen que meter ¿o no es así, honorables asambleístas?