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La confidencialidad de la fuente

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secreto de fuente informativa

Reymi Ferreira

La demanda penal interpuesta contra dos periodistas de un matutino nacional para que revelen la fuente que proporcionó información reservada de la demanda marítima ha causado un previsible revuelo. Aclaradas las cosas, queda en evidencia que la demanda no tiene como objetivo a los periodistas, sino que apunta a identificar a los funcionarios que proporcionaron información confidencial.

Es evidente, como lo reconoció el embajador plenipotenciario de Bolivia en temas marítimos, que lo publicado no reviste mayor gravedad. Lo que no se ha dicho es que esta ‘infidencia’ pone en riesgo la demanda boliviana en La Haya, debido a que el contenido de las memorias y alegatos son de manejo reservado hasta que se inicie la fase oral del juicio. El Estado, ante esta situación, tendría qu.e demostrar que no ha sido el responsable de la violación a la confidencialidad y debe —como lo está haciendo— comprobar que la filtración de la información no tiene origen oficial.

Sería desastroso para la causa nacional que después de años la demanda boliviana tenga un resultado propicio en el Tribunal de La Haya, y el fallo sea impugnado por violación a las reglas y usos de este tipo de procedimiento. No solo se causaría un enorme daño al Estado por recursos gastados inútilmente, sino, lo más importante, se afectaría a la causa marítima sostenida por Bolivia.

El Estado, en defensa de sus intereses, tiene que cumplir con sus responsabilidades. Sin embargo, por otra parte, además de la libertad de expresión, está en juego la garantía del secreto profesional del periodista. La Ley de Imprenta, en el art. 8.º, establece que: “El secreto en materia de imprenta es inviolable”. El art. 9.º, a su vez, reza: “El editor o impresor que revele a una autoridad política o a un particular el secreto del anónimo, sin requerimiento de juez competente, es responsable como delincuente, contra la fe pública, de acuerdo al Código Penal”.

Existe colisión entre los intereses del Estado y el derecho al secreto profesional. Ambos puntos tienen legitimidad y fundamentos legales para sostener sus posiciones. La que no tiene ningún sustento es la versión de algún sector de la oposición, que —para variar— halla que la demanda es parte de “una tramoya para salvar la credibilidad de medios de comunicación paraestatales”. Solo la mezquindad o la desesperación electoral pueden llevar a algunos a “orinar fuera del tacho”, como decían nuestros abuelos.

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